“El cambio constitucional que está precisando el país
Es indispensable la unidad y organización de los sectores
nacionales y populares. Su indestructible alianza será el camino seguro para
lograr tan alto objetivo.
“El cambio constitucional
que está precisando el país”.
Jorge Francisco Cholvis
La
definida posición tendiente a no realizar reformas en la parte dogmática de la Constitución o que no
la afecten en su esencia, es una constante de las distintas alternativas que se
produjeron en nuestro país en materia constitucional, desde que fuera derogada la Constitución Nacional
de 1949, salvo diversos proyectos formulados y que no recibieron sanción. La
relación estrecha que guardaban con el orden constitucional los planes
económicos que se pondrían en marcha en el país a partir de 1955, determinó que
se transformara en una cuestión vital el retorno a la Constitución de 1853,
o que se mantuviera en su esencia, para que tuvieran continuidad las normas de
política económica constitucional que ésta contiene.
Ello se
encuentra en pugna con el mismo pensamiento del constituyente originario, pues
aún para Alberdi en su proyecto de Constitución el tema de la reforma
constitucional era uno de los medios para impulsar el progreso social, dado que
las Constituciones -decía- deben ser como los andamios para el arquitecto en la
construcción nuestro edificio político, y se ajustarán a las necesidades de su
edificación. Por eso incluyó el tema en la primera parte constitucional y
estableció que la
Constitución puede ser reformada “en todo o en parte”.
También Matienzo señalaba que oponerse a la reforma implica la conclusión
absurda de sostener que se ha alcanzado el máximo de la perfección social, y
por ende, una generación no puede imponer a las siguientes las normas que han
de guiar su organización política, económica y social.
No
podemos dejar de tener presente que las sucesivas políticas liberales o neoliberales
que se aplicaron durante los últimos decenios, colocaron a la Argentina en una
situación de constante involución. Frente a esta grave crisis estructural no
bastaron los meros relevos de nombres y equipos. La segunda mitad del siglo XX
dejó profundas marcas en la
Argentina que fueron erosionando su calidad de Nación
soberna. El FMI y otros organismos internacionales de crédito, intervinieron
por distintos caminos en la formulación de las políticas económicas, en
particular por las misiones especiales, los créditos condicionados y los
programas de ajuste. Por esas vías el país sufrió un desmedro sustancial en el
ejercicio de su soberanía. La dependencia
se concretó en la trasferencia de la decisión nacional en la confección de los
programas económicos. Así las cartas
de intención; los memorados de entendimiento y los acuerdos de derecho de giro
(“stand-by”), se interpusieron en las
decisiones del gobierno nacional. Estos documentos se trasformaron en un
soporte de máximo rango, en la conformación de la Constitución real del país, que somete y condiciona a
la Constitución
jurídica. En base a dichos
instrumentos el FMI asumió una función de co-redacción y vigilancia del
cumplimiento de los programas económicos de “ajuste”. Por cierto, con el
acompañamiento de círculos de poder económico y mediático oriundos del país que
actuaron como factores internos en el sostén de dicha Constitución real y sus políticas económicas. No
podemos dejar abierta la posibilidad que ello vuelva a suceder.
En síntesis,
el país reclama una nueva política económica y social institucionalizada al más
elevado rango normativo. Una reforma constitucional debe reflejar en normas claras, absolutas y unívocas los
modernos medios que nos permitan alcanzar un desarrollo económico
independiente, sostenido y armónico, y en ella las normas de política económica
constitucional han de determinar el desarrollo estable y dinámico de todas las
ramas de la producción social. Sin duda, la vía
es dar continuidad y profundidad al modelo iniciado en el 2003, que ahora
continúa con la conducción de Cristina, y la meta será alcanzar con la más amplia participación popular la
sanción en una futura Asamblea Constituyente del nuevo “Proyecto Nacional y
Popular”. Es preciso el planteo franco de “nuevas
bases” para consolidar el país soberano y digno que ansían las mayorías
populares. Para ello debemos abrir el debate y esgrimir las razones. El Pueblo
Argentino está en condiciones de hacerlo y desalojar la ideología del nuevo
conservadorismo con sus slogans.
La Constitución es una
declaración programática de principios y aspiraciones en la que no solo se
regula lo que ya es, sino que afirma una vocación de lo que debe ser,
orientadora de los gobernantes y educadora de los gobernados. Como dijera el
general Perón ante la
Asamblea Legislativa del 1º de mayo de 1974, y es de plena
vigencia, hasta tanto se realice el proceso universalista “existen dos únicas
alternativas para nuestros países: neocolonialismo o liberación”. Y bien nos
señalaba que esta última significa en lo político “configurar una nación
substancial, con capacidad suficiente de decisión nacional, y no una Nación en
apariencia que conserva los atributos formales del poder pero no su esencia”.
Cuando se
tome la decisión política de modificar la Constitución a tono
con las necesidades del país, la reforma debe ser total en el marco de un
“proyecto nacional y popular” que se ajuste en sus más diversos aspectos a los
requerimientos de la época en que vivimos, pues el proyecto neoliberal del
último cuarto siglo XX fue inadecuado para encarar la realidad política y
socioeconómica de la
República, y debemos erradicar hasta su parte más
insignificante. La reforma de 1994, en los tiempos del Consenso de Washington
no logró ese propósito. En consecuencia, la reforma que se debe realizar tiene
que responder a las exigencias de una sociedad en proceso de cambio y no
restringirse a una simple modernización de su parte dogmática o retoques en su
parte orgánica.
No se puede caer en el error de
reducir la reforma sólo pequeños cambios en la esencia dogmática constitucional
vigente, que se retrotrae en sustancia a la época de la Constitución histórica. El objetivo es erradicar el
estancamiento, la dependencia y la injusticia social que generaron las
políticas económico-sociales de las últimas décadas del siglo XX y que llevaron
a la crisis del 2001/2002. La reforma de la Constitución habrá de
ser el instrumento de alto rango normativo que institucionalice el “proyecto nacional y popular” y concrete
el objetivo ineludible de trasformar las estructuras caducas que impiden el
desarrollo político, económico, social y cultural.
La reforma constitucional que necesitamos
tiene que desarrollar una nueva metodología para la parte dogmática y en
diversos títulos debe delinear los puntos que hacen a los principios
fundamentales de la Nación,
la presencia de un Estado activo, el régimen económico, los derechos, deberes y
garantías básicas, ya sea individuales, políticos o sociales y la educación y
la cultura. La integración con los países hermanos de la Patria Grande. El
cuidado de los recursos naturales y el medio ambiente. En lo que concierne a la
parte orgánica ha de merecer una revisión atinada la organización y el
funcionamiento de los distintos poderes del Estado, cuáles son sus
atribuciones, cómo se distribuyen sus funciones y cuáles serán sus relaciones.
La
reforma deberá incorporar normas para preservar y asegurar la supremacía de la Constitución. Será
relevante la participación del pueblo en defensa de sus intereses y en el
sostén de la
Constitución. Es imprescindible hacer efectiva la soberanía
jurídica y recuperar la facultad jurisdiccional de la Nación, en trascendentes
temas que no deben dirimirse ante tribunales o árbitros foráneos. En cuanto a
la estructura del Estado nacional, será menester diseñar preceptos acerca de un
nuevo federalismo; así esa importante institución coadyuvará a concretar un
desarrollo equilibrado y armónico.
Como en
su momento señaló Sampay, “en esa Constitución escrita los sectores populares
deben instrumentalizar un gobierno democrático con atribuciones necesarias para
planificar la utilización de todos los recursos del país, con la finalidad de
promover el desarrollo independiente y potente de la economía nacional, sin lo
cual no hay posibilidad de efectuar la justicia”. Esto es, realizar el fin
natural de la comunidad y que la Constitución debe estructurar, para que todos y
cada uno de sus miembros puedan perfeccionarse íntegramente conforme a la
dignidad humana. Par


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